martes, 30 de noviembre de 2010

MUNICIPALIDAD DE VGG.

EL JUEVES 25 DE NOV. PASADO EN EL CIM. de Juan D. Perón 1549 a las 10 hs.

El Intendente Municipal Arq. Jorge Murabito, presidió el acto de entrega de Pensiones a los beneficiarios de las Pensiones Nacionales y Pensiones Provinciales Ley 5110.

Y LUEGOP HUBO OTRO ACTO CON DIRECTIVOS DE LAS ESCUELAS CON EL FIN DE ENTREGAR PARTIDAS CORRESPONDIENTES AL F.A.E.
carlosgarcia686@yahoo.com.ar

CONCEJO DELIBERANTE

Muy importante la cesión de terrenos al Superior Gobierno de la Provincia-Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, para la construcción de viviendas sociales, transformándose en el primer Municipo que lo hace de accuerdo a manifestaciones efectuadas por la reepresentantre de AMSAFE ( quien habló en la sesión ) opinando sobre este tema sin que se pidiera un cuarto intermedio, bueno lo importante es el hecho !
En cuanto al tema de la Violencia también se aprovechó para invitar a todos a la Marcha, que esta vez se efectúa en nuestra ciudad, y lo mismo que antes hizo un comentario pidiendo o reclamando un subsidio la representante de la Asociación Amas de Casa, Alejandra quien manifestó que este año tambien fue hecho el pedido y no recibieron respuesta, segun mis informaciones NO EXISTE EN EL CONCEJO DICHO PEDIDO CONFECHA DE ESTE AÑO.-
carlosgarcia686@yahoo.com.ar

CONCEJO DELIBERANTE DE VGG.- Sesion Nº 30

Esta es una síntesis de la 30ma sesión de carácter ordinaria que se realizo el 25 de Noviembre de 2010. La misma estuvo presidida por el Presidente del Concejo Deliberante Pedro Jorge Gonzalez, en Secretaria Victoria Beloni.

Concejales presentes: Auge, López, Richetti, Fraccaroli, Orellana, Dolce, Monte.

Ausentes: Prece.

Lectura del Orden del Día.

Aprobación de Actas Nº 1.367 y 1.368.

CESION DE TERRENOS A LA PROVINCIA PARA LA CONSTRUCCION DE VIVIENDAS PARA DOCENTES

DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Ordenanza, referido a autorizar la cesión de terrenos al Superior Gobierno de la Provincia-Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, para la construcción de viviendas sociales. Favorable.

Opinaron sobre el punto los concejales Dolce, Gonzalez, y tambien una representante de AMSAFE.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:

ORDENANZA

ART. 1º) Desaféctese del Dominio Público Municipal e incorporese al Dominio Privado Municipal los lotes de terrenos ubicado en Seccion Catastral 5, Manzana 57 b, Grafico 13 y Manzana 46 b, Grafico 13, que según Codigo Urbano el sector corresponde al Distrito C1-2, B2 “Distrito Complementario de Centro Urbano y Distrito de Rodeo del Centro Urbano” siendo las medidas de cada lote de aproximadamente 15 x 60 metros, ubicados en calle Mármol entre J. Ingenieros y Constitucion y calle Mármol entre Constitucion y Alem.

ART. 2º) Autorizase la cesión de derechos y acciones al Superior Gobierno de la Provincia-Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo- de los lotes de terrenos descriptos en el articulo anterior, con cargo de construcción de catorce(14) viviendas sociales para docentes de Villa Gobernador Gálvez y con sanción de retrocesión en caso de no cumplimiento del cargo en el plazo de 24 meses a partir de la suscripción de la correspondiente acta de cesión de derechos y acciones en la que deberá constar tal condición.

ART. 3º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todas las gestiones concernientes al cumplimiento de lo estipulado en la presente Ordenanza.

ART. 4º) Correrán a cargo del cesionario los gastos de mensura y escrituración, como así también toda autorización a nivel provincial, nacional y cualquier otra que pudiere corresponder.

ART. 5º) La presente cesión mencionada en el Art. 2º queda sujeta a la previa donación de la porción de parcela necesaria para completar el espacio destinado a calle Mármol entre Alem y José Ingenieros y la confección del correspondiente plano de mensura.


DEFENSOR GENERAL ZONAL CIRCUITO JUDICIAL 33


DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACION, Proyecto de Decreto, a efectos de iniciar gestiones ante el Poder Judicial de la Pcia. de Santa Fe, para la designación de un defensor general zonal del Circuito Judicial Nº 33 con sede en nuestra Ciudad. Autor del Proyecto Concejal Orellana. Favorable.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:

DECRETO

ART. 1º) El Departamento Ejecutivo Municipal iniciará gestiones ante el Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe, por intermedio del Procurador General, para que arbitre los medios necesarios para la designación de un Defensor General Zonal en el Circuito Judicial Nº 33 comprendido dentro del Distrito Judicial Nº 2, con sede en la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, Departamento Rosario, para la recepción de las denuncias correspondientes de la localidades que comprende dicho Circuito.

ART. 2º) Autorízase al Intendente Municipal a firmar convenio con los Organismos Provinciales competentes.


DIA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACION DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER


DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACION, Proyecto de Declaración, adhiriendo al “Día Internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer”. Autores del proyecto Concejales Dolce y Orellana. Favorable.

El Concejal Dolce propone agregar el art. 2 al proyecto. Se aprueba.

Opinaron sobre el punto los concejales Dolce, Gonzalez, Orellana, Fraccaroli, Monte.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:

DECLARACIÓN

ART. 1º) El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez adhiere al Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer a conmemorarse cada 25 de noviembre y a todas las acciones que conlleven la prevención y erradicación de tan cruel flagelo.

ART. 2º) El Concejo Deliberante declara de Interés Municipal la marcha y silbatazo que realizan las mujeres de esta Ciudad el día 25 de noviembre a las 18:00 horas; con motivo de conmemorarse el Día Internacional de la lucha contra la violencia hacia la mujer.


CONTROLES DE TRANSITO Y REDUCTORES DE VELOCIDAD EN ALBERDI Y CHUBUT


DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y OBRAS PUBLICAS, Proyecto de Decreto, estableciendo controles de tránsito y factibilidad de reductores de velocidad y /o semaforización, en la intersección de calle Alberdi y Chubut. Autores del proyecto Concejales Orellana y Dolce. Favorable.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:

DECRETO

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través del Área que corresponda, efectúe controles de tránsito en la intersección de calle Alberdi y calle Chubut.

ART. 2º) Estúdiese la factibilidad de colocar reductores de velocidad y/o semaforización en la esquina mencionada en el Art. 1º.


REMISION DETALLE MENSUAL ASIGNACION E INVERSION RECURSOS DE LA LEY 26075


DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto de Decreto, remisión detalle mensual de asignación e inversión de recursos de la Ley 26075 desde enero 2008 a la fecha.. Autores del proyecto Concejales Gonzalez, Prece, Lopez, Auge y Richetti. Favorable .

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:

DECRETO

ART. 1º) Remítase al Concejo Deliberante en el plazo de 10 días hábiles el detalle mensual de la asignación e inversión de los recursos percibidos en el marco de la Ley 26.075 desde el mes de enero del 2008 hasta el día de la fecha con su documentación respaldatoria.


INCORPORA A LA ORDENANZA 490/89 FALTA CONTRA LA SEGURIDAD E HIGIENE DE LOS ALIMENTOS

DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y SALUD PÚBLICA, Proyecto de Ordenanza, incorporando a la Ordenanza Nº 490/89 (Código de Faltas) Libro II Titulo XII falta contra la seguridad e higiene de los alimentos e incumplimientos reglamentarios. Favorable.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:

ORDENANZA

ART. 1º) Incorpórese a la Ordenanza Nº 490/89 “Código Municipal de Faltas”, Libro II Titulo XII “Falta contra la Seguridad e Higiene de los alimentos e incumplimientos reglamentarios”, con agregado de los siguientes capítulos y correspondientes artículos:

CAPITULO I- FALTA CONTRA A SEGURIDAD, INOCUIDAD E HIGIENE DE LOS ALIMENTOS

ART. 196º) Falta de higiene en locales comerciales.

La falta de higiene en los locales que elaboran, depositan, distribuyen, manipulan, comercializan, envasan o se exhiben productos alimenticios o bebidas o sus materias primas, así como en su dependencias, mobiliarios o servicios sanitarios, su incorrecto funcionamiento, será penado con multa de 5 a 100 u.p., y/o clausura hasta 30 días.

ART. 197º) Falta de higiene de utensilios, vajillas, envases y envoltorios.

La falta de lavado, desinfección y/o higiene de los utensilios, vajillas, envases y envoltorios o el estado de deterioro de los mismos, será penada con multa de 5 a 100 u.p., y/o clausura hasta 10 días.

ART. 198º) Falta de higiene en vehículos de transporte alimenticio.

La falta total o parcial de higiene de los vehículos afectados al transporte de sustancias alimenticias, será penada con multa de 5 a 100 u.p., sin perjuicio de la remisión de los vehículos al depósito municipal.

ART. 199º) Falta de desinfección obligatoria de vehículos de transporte alimenticio.

La falta de desinfección obligatoria de los vehículos afectados al trasporte de alimentos, animales, materias primas o aditivos para alimentos, será penado con multa de 5 a 100 u.p., sin perjuicio de la remisión de los vehículos al depósito municipal.

ART. 200º) Falta de higiene de las personas manipuladoras de alimentos.

La falta de higiene en las personas afectas a al manipulación de alimentos, será penado con multará de 10 a 200 u.p. y/o clausura del establecimiento hasta 90 días.

ART. 201º) Falta de indumentaria reglamentaria e higiene de las mismas.

La falta de indumentaria reglamentaria o la infraccion al uso, conservación y condiciones higiénicas de la misma, será penada con multa de 5 a 50 u.p.

ART. 202º) Falta de condiciones edilicias reglamentarias.

Las infracciones a las normas referidas a la construcción, instalación, funcionamiento, mantenimiento higiénico-sanitario y condiciones edilicias de los locales comerciales, se penará con multas de 5 a 100 u.p., y/o clausura hasta 30 días. Asimismo en aquellos establecimientos que se interrumpa, de forma ocasional o permanente, el suministro de agua potable por responsabilidad de sus titulares, será sancionado con multa de 5 a 100 u.p. y/o clausura hasta 30 días. En caso de reincidencia, será sancionado con multa de 10 a 200 u.p. y clausura hasta 90 días.

ART. 203º) Alimentos alterados, contaminados o adulterados y vencidos.

La tenencia, depósito, exposición, expendio, distribución, transporte, manipulación de mercaderías o materias primas, que se encuentren alterados, adulterados, contaminados, falsificadas, deteriorados o vencidos, será penada con multa de 10 a 200 u.p., y/o decomiso y/o clausura.

ART. 204º) Falta de refrigeración y/o congelación.

La falta de refrigeración o congelación reglamentaría o su interrupción, en heladeras, conservadoras, freezer, cámaras en comercios y/o vehículos de transporte será penada con multa de 10 a 200 u.p. y/o clausura hasta 30 días, sin perjuicio de la remisión del vehículo al depósito municipal.

CAPITULO II-FALTAS POR INCUMPLIMIENTOS REGLAMENTARIOS.

ART. 205º) Falta de Libreta Sanitaria.

La carencia de Libreta Sanitaria o la falta de renovación de la misma serán penadas con multas de 5 a 10 u.p. o clausura hasta 30 días y/o inhabilitación hasta 180 días. Para el caso del personal en relación de dependencia la multa se aplicara por cada personal en infracción.

ART. 206º) Falta de Libretas Sanitarias y/o Indumentarias en establecimientos alimenticios.

El establecimiento o empleador que permitiera trabajar a personal que carece de libreta sanitaria exigible, con la misma vencida y/o sin indumentaria reglamentaria, será penado con multa de 10 a 100 u.p. por cada empleado en esas condiciones y/o clausura hasta 30 días y/o inhabilitación hasta 180 días.

ART. 207º) Falta de rotulación obligatoria de alimentos.

La tenencia, depósito, exposición, elaboración, expendio, distribución, transporte, manipulación, o envasado de mercaderías o materias primas sin rotulación y/o elementos de identificación reglamentarios, será penada con multa de 10 a 100 u.p., y o decomiso y/o clausura.

ART. 208º) Introducción de alimentos y/o animales sin autorización.

La introducción clandestina de alimentos, animales, bebidas o sus materias primas al municipio, sin la correspondiente autorización sanitaria, y/o autorización reglamentaria, será penada con multa de 5 a 100 u.p., y/o decomiso, sin perjuicio de la remisión del vehiculo al depósito municipal.

ART. 209º) Falta de habilitación de establecimientos alimenticios.

La falta de habilitación de los establecimientos que elaboran, comercializan, depositan, expongan, distribuyan, transportan, manipulan, o envasan mercaderías o materias primas, será penada con multa de 5 a 300 u.p. y/o decomiso. En todos los casos podrá aplicarse accesoria de clausura y/o inhabilitación.

ART. 210º) Falta de habilitación de vehículos de transporte alimenticios.

La falta de habilitación o renovación de la misma, en los vehículos utilizados para el transporte o distribución de alimentos, bebidas o las materias primas para su elaboración, se penará con multa de 5 a 50 u.p. y/o inhabilitación hasta 180 días, sin perjuicio de la remisión del vehiculo al depósito municipal.

ART. 211º) Falta de inscripción de producto alimenticio.

La falta de inscripción o renovación cuando hubiera operado su vencimiento, de productos alimenticios en establecimientos elaboradores, serán penados con multa de 5 a 100 u.p. y/o decomiso y/o clausura de hasta 180 días.

ART. 212º) Faena clandestina.

La faena de animales sin autorización, su comercialización, exposición, elaboración, distribución, transporte o envasado, será penada con multa de 10 a 200 u.p., y/o decomiso y/o clausura.

ART. 213º) Falta de manuales obligatorios.

La falta de Manuales de Buenas Prácticas de Manufacturas (MBP), Manual de Manejo Integrado de Plagas (MIP), Procedimientos Operativos Estandarizados de Saneamiento (POES), en los establecimientos alimenticios, serán penados con multa de 5 a 50 u.p. y/o clausura de hasta 90 días.

ART. 214º) Falta de responsable técnico.

La falta de responsable técnico en establecimientos elaboradores de productos alimenticios, será penada con multa de 5 a 50 u.p. y/o clausura por 30 días.

ART. 215º) Infracciones a las normativas bromatológicas.

Las infracciones a las normas establecidas en la Ley 18.284/69 (Código Alimentario Argentino), Ley 22.375/81 (Federal de Carnes), Decreto 4.238/68 (Inspección de productos, subproductos y derivados de origen animal), Ley 2.998/41 (Código Bromatológico Provincial), Ley 10.745/91 (tasas y aranceles bromatológicos), Decreto 815/99 (Sistema Nacional de control de alimentos), que no estén contempladas en la presente Ordenanza, será penada con multa de 5 a 200 u.p., y/o decomiso y/o clausura.


REPARACION CALZADA CALLE LAPRIDA AL 2100

DICTAMEN DE COMISION DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal, la reparación de la calzada en calle Laprida al 2100. Autores del proyecto Concejales Gonzalez, Prece, Lopez, Auge y Richetti. Favorable.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:

MINUTA DE COMUNICACIÓN

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, disponga la reparación y mantenimiento de calle Laprida al 2100.


REPARACION CALLES FORNIELES Y SAN JUAN

DICTAMEN DE COMISION DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Vecinos de calle San Juan 1798. Solicitan reparación de las calles Fornieles y San Juan. Favorable.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:

MINUTA DE COMUNICACIÓN

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda, disponga la reparación y mantenimiento de calle San Juan en su intersección con calle Fornieles.


TERMINACION CARPETA ASFALTICA EN CALLE SIMON BOLIVAR

DICTAMEN DE COMISION DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Vecinos de calles Simon Bolívar, Buenos Aires y Caseros. Solicitan terminación obra carpeta asfáltica en dicho sector. Favorable.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:

MINUTA DE COMUNICACIÓN

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda, estudie la factibilidad de incluir en un plan de obras que contemple el asfaltado de calle Simon Bolívar desde Buenos Aires hasta la calle Magallanes.


TRABAJOS DE OBRAS PUBLICAS EN JURISDICCION DE VECINAL INT. ANDREU

DICTAMEN DE COMISIONES DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD Y SALUD PUBLICA, Asociación Vecinal Intendente Andréu. Solicitan distintos trabajos de obras públicas en su jurisdicción. Favorable.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:

MINUTA DE COMUNICACIÓN

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda, disponga;

- Obras de bacheo de calle Comandante Espora desde calle Chile hasta San Luis y calle Intendente Andréu entre Fornieles y Comandante Espora.

- Limpieza y mantenimiento de zanjas de todo el radio: 12 de Octubre, Cortada Mármol, Alvear, José Ingenieros, Saavedra, Constitución, Cortada Florida, Victoria.

- Limpieza y barrido de calles en el sector mencionado anteriormente.

- Reparación y mantenimiento de calles Libertad entre Intendente Andréu y Alvear y calle Julio A. Roca en toda su extensión.

ART.2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda estudie la factibilidad de:

1.- Construcción de cordón cuneta en calle 20 de Junio desde calle 12 de Octubre hasta su finalización.

2.- Instalación de un semáforo en la intersección de calle Comandante Espora e Intendente Andréu.

3.- Colocación de reductores de velocidad en calle 20 de Junio en su intersección con calle 12 de Octubre y calle 20 de Junio entre Intendente Andréu y Cortada Mármol.


LIMPIEZA Y RECOLECCIÓN DE DIFERENTES RESIDUOS EN PJE GORRITI ENTRE MAIPU Y SANTIAGO DEL ESTERO

DICTAMEN DE COMISIONES DE SALUD PÚBLICA Y SERVICIOS PUBLICOS, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal, realice trabajos de limpieza y recolección de residuos domiciliarios y verdes que se encuentran en la calzada del Pasaje Gorriti entre calles Maipú y Santiago del Estero. Autores del proyecto Concejales Orellana y Dolce. Favorable.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:

MINUTA DE COMUNICACIÓN

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, realice trabajos de limpieza y recolección de los residuos domiciliarios y residuos verdes que se encuentran en la calzada de Pasaje Gorriti ubicado entre las calles Maipú y Santiago del Estero.


MANIFESTACIONES


El Concejal Orellana se refirió a lo sucedido en un deposito que tenia el Museo Municipal en las instalaciones del Nuevo Central Argentino.

El Concejal Gonzalez opinó sobre el tema.


En la Web

http://www.concejovgg.org

Un Concejo junto a la gente

MUY IMPORTANTE DEL CONCEJO

EL REGIMEN DE DERECHO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, QUE PRESENTA EL CJAL. DOLCE Y QUE CON BUEN CRITERIO LO MODIFICA EL CJAL. MONTE INCORPORANDO TAMBIEN AL CONCEJO DELIBERANTE COMO INSTITUCIÓN QUE TAMBIEN INGRESA AL REGIMEN DE "OBLIGADOS A INFORMAR AL PÚBLICO" SOBRE LOS ACTOS QUE SE QUIERA AVERIGUAR ALGO, AL MARGEN QUE BASTANTE DE ELLO YA ESTÁ EN LA WEB. DEL MUNICIPIO Y DEL CONCEJO.
ES UN PASO MUY IMPORTANTE PARA DEJAR ABIERTAS LAS PUERTAS A LA TRANSPARENCIA DE LOS ACTOS PÚBLICOS.-
carlosgarcia686@yahoo.com.ar

CONCEJO DELIBERANTE DE VGG.- Sesiones Nº 28 y 29

Esta es una síntesis de la 28va sesión de carácter ordinaria que se realizo el 11 de Noviembre de 2010. La misma estuvo presidida por el Presidente del Concejo Deliberante Pedro Jorge Gonzalez, en Secretaria Victoria Beloni.

Concejales presentes: Auge, Richetti, López, Fraccaroli, Orellana, Dolce, Monte.

Ausente: Prece.

Lectura del Orden del Día.

Aprobación de Actas Nº 1.362 y 1.363.

APROBACION ESTATUTOS QUE REGIRAN AL ECOM

DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Ordenanza, autorizando al Intendente Municipal a firmar estatutos que regirán al ECOM. Favorable con modificaciones.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:

ORDENANZA

ART.1º) Ratifíquese el convenio de creación del Ente de Coordinación Área Metropolitana (ECOM) suscripto por el Intendente Municipal en fecha 19 de agosto de 2010, cuya copia certificada en foja notarial Nº 526937 se adjunta a la presente.

CONTRATO CON CORONEL AGUIRRE AD REFERENDUM DEL CONCEJO DELIBERANTE

DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACION, Proyecto de Ordenanza, aprobación contrato celebrado con el Club Coronel Aguirre Ad Referéndum del Concejo Deliberante. Favorable con modificaciones.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:

DECRETO

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que en el plazo de 5 días habiles y a través de la Secretaria correspondiente:

1.- Remita a este Cuerpo copia integral del Expte. Administrativo Nº 38.108/10 con sus correspondientes folios.

2.- Envíe a este Concejo Deliberante copia debidamente certificada y con la firma de las partes del contrato de comodato celebrado con el Club A. Coronel Aguirre.

3.- Remita la documentación respaldatoria de la cuál surja la titularidad del inmueble objeto del contrato de comodato en cuestión, cuya identificación es: Sección Catastral Nº 15, Parcelas 5, 6, 7, 8, 9, 10, 13, 14, 15, 16, 17 y 18, entre las calles Monte Caseros, Av. PTE. Raúl Alfonsín y calle Bordabehere.

4.- Dictamine la Asesoría Legal del Departamento Ejecutivo Municipal sobre la condición del municipio en su calidad de comodante, para otorgar en comodato la fracción de terreno descripta en el punto 3.

ART. 2º) Reintegrase el Expediente Nº 4.026/10 a la Comisión de Gobierno y Educación; para su posterior tratamiento.

DEROGACION ART. 1º ORDENANZA 1934/10

DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACION, Proyecto de Ordenanza, derogando el Art. 1º de la Ordenanza Nº 1.934/10. Favorable.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:

ORDENANZA

ART. 1º) Derógase el Art. 1º de la Ordenanza Nº 1.934/10 que fuera sancionada por este Concejo Deliberante en fecha 14 de octubre de 2010.

CESION DE USO PARQUE REGIONAL A LA AGRUPACION TRADICIONALISTA “LOS CORRALES”

DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACION, El Departamento Ejecutivo eleva Ad Referéndum Decreto Nº 6251/10, cesión de uso Parque Regional a la Agrupación Tradicionalista Los Corrales”. Favorable.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:

DECRETO

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de las Secretarias que correspondan remita en forma perentoria la documentación que a continuación se solicita para ser integrada a Expediente Nº 4015/10 de este Cuerpo:

1.- Copia debidamente certificada del convenio cesión de uso y goce gratuito del Parque Regional con firma de los representantes de la municipalidad de Villa Gobernador Gálvez y copia del acto administrativo por el cuál se autoriza también a la Sub Secretaria de Desarrollo Social la rúbrica del convenio.

2.- Copia del Decreto Nº 6.251/10 con la enmienda de la fecha de sanción del mismo y enmienda de la fecha de realización del evento de referencia, que no es coincidente con la fecha establecida en la Cláusula Primera del convenio de cesión de uso y goce gratuito del Parque Regional.

3.- Remita copia del certificado de Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil y de espectáculos públicos por una suma de $ 100.000.- (Pesos Cien Mil) contratado en la Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales.

ART.2º) Reintégrese el Expte. Nº 4.015/10 a la Comisión de Gobierno y Educación, para su posterior aprobación.

VIVIR ES SERVIR HASTA LAS ULTIMAS CONSECUENCIAS

DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACION, Espacio Cultural “El Faro”, solicita se declare de Interés Cultural el evento “Vivir es servir hasta las últimas consecuencias”. Favorable.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:

DECLARACIÓN

ART.1º) Declárase de Interés Cultural la realización del evento “Vivir es servir hasta las últimas consecuencias” a llevarse a cabo el día 12 de noviembre de 2010 en la Sala de Conferencia de la Cooperativa Integral de Villa Gobernador Gálvez Ltda.

REPARACION CALZADA CALLE J.B. JUSTO AL 2000

DICTAMEN DE COMISION DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal, la reparación de la calzada de calle Juan B. Justo al 2.000. Autores del proyecto Concejales Gonzalez, Prece, Lopez, Auge y Richetti. Favorable con modificaciones.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:

MINUTA DE COMUNICACIÓN

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, disponga la reparación y mantenimiento de la calzada en calle Juan B. Justo al 2.000.

REPARACION CALZADA INTERSECCION CALLE 20 DE JUNIO Y BELGRANO

DICTAMEN DE COMISION DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal, la reparación de la calzada en la intersección de las calles 20 de Junio y Belgrano. Autores del proyecto Concejales Gonzalez, Prece, Lopez, Auge y Richetti. Favorable.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:

MINUTA DE COMUNICACIÓN

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, disponga la reparación y mantenimiento de la calzada en la intersección de las calles 20 de Junio y Belgrano

Esta es una síntesis de la 29na sesión de carácter ordinaria que se realizo el 18 de Noviembre de 2010. La misma estuvo presidida por el Presidente del Concejo Deliberante Pedro Jorge Gonzalez, en Secretaria Victoria Beloni.

Concejales presentes: Auge, López, Fraccaroli, Orellana, Dolce, Monte.

Ausentes: Prece y Richetti.

Lectura del Orden del Día.

Aprobación de Actas Nº 1.364, 1.365 y 1.366.

REGIMEN DE ACCESO A LA INFORMACION PÚBLICA

DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Ordenanza, creando el régimen de acceso a la información pública en el ámbito de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez. Autor del proyecto Concejal Dolce. Favorable.

El Concejal Monte mociona y propone nuevos textos para los articulos 5 y e 8. Se aprueban.

Opinan sobre el tema los concejales Gonzalez, Orellana, Dolce y Monte.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:

ORDENANZA

ART. 1º) Toda persona tiene derecho a acceder a la Información Pública, a solicitar y recibir información que obre en poder del Departamento Ejecutivo Municipal, el Concejo Deliberante y el Tribunal Municipal de Faltas, con el fin de garantizar la transparencia en las acciones de los mismos.

ART. 2º) Debe entenderse como Información Pública a toda información que conste en sentencias, documentos escritos, fotográficos, o en cualquier otro formato, que haya sido elaborada y/u obtenida por los departamentos o cuerpos mencionados en el Art. 1º.

ART. 3º) Las solicitudes de información serán recepcionadas por la Secretaría de Gobierno en el caso del Departamento Ejecutivo, que recibirá todos los pedidos y los derivará a las áreas que los mismos fueran direccionados. Por el Concejo Deliberante lo será la Secretaría administrativa, en ambos casos, los ingresos y egresos serán por mesa de entrada y salida. Los pedidos elevados al Tribunal Municipal de Faltas serán recibidos y contestados por el Juez Letrado.

ART. 4º) Toda información solicitada debe brindarse completa y con celeridad, dentro del plazo de 15 días hábiles, pudiendo el receptor de dicha solicitud prorrogar su respuesta por 10 días hábiles, siempre que esta prorroga fuera fehacientemente fundamentada, pudiendo los funcionarios estar exentos de responder en los sig. casos:

a) Información protegida por el secreto profesional.

b) Información que pueda comprometer las tramitaciones y/o procesos judiciales y/o administrativos y a las investigaciones relacionadas a inspecciones.

c) Información que viole el derecho a la intimidad o contenga base de datos personales, la cual podrá brindarse previa autorización de la persona.

ART. 5º) Deberá regir para la presente ordenanza el principio de gratuidad, no teniendo la solicitud costo alguno para el solicitante exceptuando los de la reproducción de los materiales que comprendan la respuesta solicitada. Se dispondrá de una PC de acceso público en el hall del edificio municipal y en el del Concejo Deliberante para garantizar el acceso de manera gratuita a quienes no tengan llegada por sus propios medios a la información que ya se encuentra digitalizada, evitando además que el costo de reproducción sea un impedimento para acceder a la misma. Además el Municipio y el Concejo Deliberante encargaran a una persona de Planta Permanente la tarea de asistir en el uso de las respectivas PCs.

ART. 6º) Quien solicite información deberá hacerlo por escrito:

a) Brindando la mayor cantidad de datos posibles sobre la solicitud, con el fin de garantizar la celeridad de la respuesta.

b) Deberá completar sus datos personales especificando el modo de recepcionar la respuesta y firmará la solicitud al pie de misma. En caso de requerir un envío postal el solicitante se hará cargo de los costos.

c) En las mesas de entrada se brindará un formulario de solicitud para facilitar el pedido.

d) No deberá demostrar Interés Legitimo específico, ya que la información pública es un DERECHO.

e) En caso de que el pedido no cumplimente lo establecido por los incisos anteriores, se le deberá comunicar fehacientemente al solicitante que complete los datos restantes, y en caso de que el mismo no responda lo solicitado dentro de los 5 días hábiles se considerará anulado el pedido de información. Una vez completados dichos datos comenzarán a regir nuevamente los plazos establecidos en el Art. 4º, debiéndose brindar una respuesta definitiva con los datos existentes en la solicitud.

ART. 7º) El Departamento Ejecutivo Municipal y el Concejo Deliberante deberán publicar, en sus respectivas páginas Web, la nómina de los funcionarios electos y designados políticamente especificando los siguientes datos, de manera actualizada:

a) Nombre, Apellido y cargo.

b) Función que cumple y alcance de las mismas.

c) Horarios y datos para contactarlos, como dirección de correos electrónicos y teléfonos internos de las dependencias.

d) Sueldo que percibe por el cumplimiento de sus tareas asignadas.

e) Dinero percibido en concepto de viáticos, y si el solicitante lo dispusiese a través de un pedido escrito, el detalle de los mismos.

f) Sin perjuicio de lo requerido en los incisos anteriores del presente artículo, los cuerpos mencionados en el comienzo del mismo podrán publicar información adicional que consideren necesaria y oportuna.

ART. 8º) Deberán publicarse en la página Web de la municipalidad asi como en la Web de este Concejo Deliberante:

a) Semanalmente el Departamento Ejecutivo Municipal publicará los decretos sancionados y enviará mensualmente al Concejo Deliberante copia de los mismos. El Concejo Deliberante a su vez publicará en su sitio Web los Decretos, Ordenanzas, Minutas de Comunicación, Declaraciones y Resoluciones Internas.

b) Los llamados y resultados de las licitaciones públicas y privadas, respetando los plazos ya establecidos para las mismas.

c) El presupuesto anual y balances de tesorería mensuales.

d) Nómina de los empleados municipales en todas sus categorías y dependencias en la que reviste sus funciones, así como la remuneración que perciben en cumplimiento de las tareas asignadas (Sueldo Básico, Adicionales y cualquier otra asignación).

e) El Concejo Deliberante deberá por su parte publicar el destino de las erogaciones imputadas a la Partida Prensa y Difusión. Las mencionadas erogaciones deberán ser efectuadas por Resolución Interna.

ART. 9º) Deberán publicarse en la página Web del Concejo Deliberante:

a) Los videos completos de las sesiones.

b) Todos los proyectos sancionados.

c) Los plazos de publicación de lo establecido en el Inc. a) y b) serán como máximo dentro de la semana próxima de la sesión que se haya celebrado.

MODIFICACION ORDENANZA 272/77 SERVICIO DE TAXIS

DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACION, Proyecto de Ordenanza, modificación Art.3º Ordenanza Nº 272/77. Autores del proyecto Concejales Gonzalez, Prece, Lopez, Auge y Richetti. Favorable.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:

ORDENANZA

ART.1º) Modifíquese el Art. 3º de la Ordenanza Nº 272/77 el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Art.3º) La cantidad de licencias a otorgarse se efectuará a razón de una cada tres mil habitantes (1 cada 3000 hab.) según el último censo poblacional realizado en el municipio.”

REDUCTORES DE VELOCIDAD EN CALLE CERVANTES Y EN AV. CIRCUNVALACION INTERSECCION CERVANTES

DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACION, Proyecto de Decreto, estableciendo colocación de reductores de velocidad en intersección de la salida Este de Av. Circunvalación con calle Cervantes y en calle Cervantes a la altura del 63 Bis. Favorable Autores del proyecto Concejales Orellana y Dolce. Favorable.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:

DECRETO

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del área que corresponda, coloque reductores de velocidad en la intersección de la salida este de Av. Circunvalación con calle Cervantes y en calle Cervantes a la altura del 63 bis.

INFORME SOBRE LICENCIAS DE REMISSE

DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACION Y SERVIVIOS PUBLICOS, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal informe sobre licencias de remisse adjudicadas al día de la fecha. Autor del proycto Concejal Fraccaroli. Favorable.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:

MINUTA DE COMUNICACIÓN

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría correspondiente, eleve a este Cuerpo un informe completo y actualizado que contenga los datos de las licencias de remisse que se encuentran adjudicadas al día de la fecha.

REPARACION CALZADA EN 17 DE OCTUBRE Y SAENZ PEÑA Y PASTEUR ESQUINA MORENO

DICTAMEN DE COMISION DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal, reparación de calzada en calle 17 de Octubre y Sáenz Peña y Pasteur en su intersección con calle Moreno. Autores del proyecto Concejales Gonzalez, Prece, Lopez, Auge y Richetti. Favorable con modificaciones.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:

MINUTA DE COMUNICACIÓN

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda ordene la reparación y mantenimiento de las calles 17 de Octubre intersección con calle Sáenz Peña; y Pasteur intersección con calle Moreno.

LIMPIEZA MICRO BASURAL AV. LIBERTADOR INTERSECCION YAPEYU

DICTAMEN DE COMISIONES DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD Y SALUD PÚBLICA, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal, limpieza en el micro basural en Av. Libertador intersección con calle Yapeyú.. Autores del proyecto Concejales Gonzalez, Prece, Lopez, Auge y Richetti. Favorable con modificaciones.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:

MINUTA DE COMUNICACIÓN

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda, disponga la limpieza del micro basural ubicado en la intersección de las calles Av. Libertador intersección con calle Fournier.

LIMPIEZA Y DESMALEZAMIENTO EN KENNEDY Y 12 DE OCTUBRE

DICTAMEN DE COMISIONES DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD Y SALUD PÚBLICA, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal, limpieza y desmalezamiento en J.F. Kennedy y 12 de Octubre. Autores del proyecto Concejales Gonzalez, Prece, Lopez, Auge y Richetti. Favorable.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:

MINUTA DE COMUNICACIÓN

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda disponga:

1.- El desmalezamiento de pastizales y limpieza del micro basural ubicados en calle J.F. Kennedy intersección con calle 12 de Octubre.

2.- Refuerzo de los controles en la zona y particularmente en el lugar mencionado en el Inc. 1.

TRABAJOS DE OBRAS PUBLICAS EN CALLE CHUBUT

DICTAMEN DE COMISIONES DE OBRAS PUBLICAS Y SERIVIOS PUBLICOS Proyecto de Decreto, disponiendo distintos trabajos de obras y servicios públicos en calle Chubut. Autores del proyecto Concejales Orellana y Dolce. Favorable.

Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.

El texto aprobado dice:

DECRETO

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de al Secretaria de Servicios Públicos disponga:

a) La recolección de los residuos ubicados en al calzada de calle Chubut entre calle Las Heras y calle Caseros.

b) La desobstrucción de las cunetas de la zona especificada en el inciso anterior