martes, 30 de abril de 2013
LA "U.C.R." EN VILLA GDOR. GALVEZ
Mario Barletta, Actual presidente de la UCR. a nivel nacional y pre-candidato a diputado nacional 2013 por Unión Cívica Radical (UCR) en su paso por Villa Gobernador Gálvez junto al concejal villagalvense Raúl Martínez. Donde recordemos que su aspiración es ser el segundo en la lista del FAP. Debajo de BINNER, OLVIDANDO EL AXIONA RADICAL QUE “LOS RADICALES SE ROMPEN PERO NO SE DOBLAN”
Cuando el mismo Barletta , menciona {índices se olvida de los indices que se manejaron durante el gobierno Aliancista del que fue presidente Alfonsin, solo nos queda buscar en Internet esos índices de inflación, de escolaridad, etc.
En Rosario la UCR. Que tiene el verdadero escudo radical y no la rosa roja, la lucha la llevara a cabo el actual cjal. Boasso.
Barletta, solo mostró quejas por lo actuado por el gobierno nacional no fijándose que esta pasando en Santa fe de donde fue electo…
Mientras que un Diputado Provincial Radical se queja del funcionamiento de la Justicia Federal (caso liberación tema Ascaini) allá se molestan por el cambio en la “Justicia”??
Siempre incoherencias que no llevan a nada solo la confrontación por si misma.-
carlosgarcia686yahoo.com.ar
lunes, 29 de abril de 2013
OPINION PERSONAL
MAS ALLA DE ESTE COMUNICADO CREO QUE LA POBLACIÓN DEBE SABER QUE ESTE PARTIDO (GEN) NO TIENE REPRESENTACIÓN EN EL CONCEJO DELIBERANTE DE VGG. SOLO SUS ALIADOS EN EL FRENTE PROGRESISTA CÍVICO SOCIAL ( FRENTE QUE GOBIERNA LA PROVINCIA) Y QUE DEBE MUCHO EN MATERIA DE SEGURIDAD.-
carlosgarcia686@yahoo.com.ar
carlosgarcia686@yahoo.com.ar
OPINION DEL GEN. VGG.
Comunicado de prensa
Tema: Rechazo al decreto 475/13: "El Concejo es irresponsable al aprobar medidas para el tránsito sin estudios mínimos"
Debido a que el Concejo Deliberante de Villa Gdor. Gálvez, en la 3° sesión ordinaria del 11 de Abril, aprobó por unanimidad el decreto 475/13 para habilitar un giro a la izquierda en los semáforos de Av. San Martín en su intersección con calle Juan B. Justo; nuestroPartido Generación para un Encuentro Nacional (GEN), reprueba esa decisión de los concejales por carecer de un asesoramiento y estudio válido en ingeniería de tránsito.
Según el referente local del Partido GEN, Javier Moreno: "No estamos en contra de habilitar este giro, pero no acordamos la metodología, bastante frecuente, de presentar y aprobar decretos y ordenanzas que proponen cambios en el tránsito de la Ciudad, sin un estudio mínimo del tema, aprobados muchas veces por mera formalidad y sin tener en cuenta los siniestros viales que se pudieran ocasionar con estos decretos carecientes de cualquier fundamento técnico.
Nuestro partido presentó al Concejo en el mes de Noviembre del año 2012, un Plan de reordenamiento Vial, donde contemplaba este giro, pero dentro de un plan integral que involucra una nueva onda verde, sincronización con los demás semáforos de la avenida San Martín, giros a la derecha para descomprimir su tránsito, entre otras."
¿Cuál es el problema de que el Concejo Deliberante haya decidido formular el Decreto Nº 475/13 que implementa un Giro a la izquierda en el semáforo de San Martín en su intersección con Juan B. Justo?
Los criterios fundamentales son dos:
1. De admitirse el fracaso, la principal consecuencia es el desaliento social y el costo político del gobierno de turno en cuanto a su credibilidad.
2. De NO admitirse el fracaso, la consecuencia es aún más peligrosa. El Concejo Deliberante se verá tentado a “mentir” y “esconder bajo la alfombra”, situación que ya ha ocurrido en épocas anteriores, generando estériles discusiones sobre el número de accidentes y la inacción para evitarlos.
Antes de pensar en admitir el giro a la izquierda en el semáforo de avenida San Martín y J. B. Justo es conveniente averiguar por qué se desea girar a la izquierda. El objetivo de un sistema viario es, claramente, atender a la demanda. Y si hay muchos usuarios que quieren girar a la izquierda (incluso más que los que deseen seguir recto) ¿qué solución se les va a dar? La solución es dar un giro por calles laterales, pero como el sentido de circulación de esas calles (Laprida, Pablo Iglesias, Garay, Fornieles, Libertad y Piazza) está erróneamente dispuesto, es preferible girar a la izquierda.
Nuestro compañero, Pablo González, con amplia experiencia en políticas de tránsito, remarca sobre este párrafo: "Primero y principal es fundamental armonizar todo el sistema de tránsito en el radio céntrico de la ciudad. La ciudad no debe ser replanteada en base al parámetro vehicular, sino todo lo contrario, en base al peatón, con su conjunción bicicleta y transporte público."
Particularmente no estamos desde el Partido GEN, en desacuerdo con el giro a la izquierda, sino todo lo contrario, habría que buscar la solución al problema y no la adaptación al problema mismo.
La tecnología de los semáforos ha avanzado mucho; tanto es así, que el número de las fases de un semáforo está determinado principalmente por el tratamiento que se dé a los giros a la izquierda. Hay que tener en cuenta las condiciones en las que se realiza este giro, ya que el sistema de semaforización de Av. San Martín se encuentra en Onda Verde.
Los giros a la Izquierda se distinguen entre:
* Los que se realizan mientras la fase esté verde para el tráfico de paso transversal.
* Los giros permitidos, que se realizan mientras se mueve el tráfico que circula en sentido opuesto y que tiene preferencia de paso, aprovechando los huecos entre los sucesivos vehículos. Esta disposición es mejor que la anterior. Este tipo de giro se puede hacer desde una vía de giro reservada, o desde un carril compartido con el movimiento de paso (lo cual puede producir retenciones en dicho carril).
* Los giros protegidos, que se realizan desde una vía de giro reservada, durante una fase especial que detiene a los demás vehículos que podrían entrar en conflicto con los que giran. Esta disposición es todavía mejor que la anterior, pero el ciclo resulta extremadamente más largo y se presta a faltas de observancia. Además, hay que tener cuidado si, por falta de capacidad, se pasa a funcionar como un giro permitido.
* Los giros sin oposición, que se realizan sin una fase especial del semáforo, pero que no tienen que ceder el paso al tráfico en sentido opuesto, como puede ocurrir en las intersecciones en T o en vías de sentido único, o donde se emplean fases independientes del semáforo para cada acceso a la intersección. Para los giros permitidos, en primer lugar es necesario comprobar si es posible realizarlos sin recurrir a una fase especial. Como criterio para decidir la utilización de una fase especial para girar a la izquierda se pueden emplear los siguientes:
a) Se emplea una vía de giro reservada con más de un carril.
b) La intensidad del giro a la izquierda es mayor de 240 veh./h.
Si se decide no emplear fases especiales, hay que tener en cuenta que los vehículos que giran a la izquierda y deben esperar un hueco en el tráfico en sentido opuesto reducirán la capacidad de los movimientos de paso. Para tener en cuenta este efecto se necesita conocer los factores de equivalencia de los vehículos que giran a la izquierda en esas condiciones. Si no se emplean fases especiales para ningún giro a la izquierda, bien porque no se puedan realizar, bien porque se realicen aprovechando los huecos entre los vehículos del sentido contrario (giros permitidos), en una intersección en cruz basta con dos fases, una para cada una de las vías que confluyen en ella. Pero si alguno de los giros a la izquierda tiene importancia puede ser necesario emplear una fase especial para ellos. Mientras un giro a la izquierda tiene luz verde, pueden realizarse otros movimientos que no interfieran con él, por lo que son posibles distintas combinaciones de movimientos. El número de las fases no parece tener influencia sobre el número total de los atropellos de peatones; sí parece que si el número es superior a 2 disminuyen algo los atropellos por los vehículos que giran, al parecer porque sus conductores pueden concentrar mejor su atención sobre la presencia de los peatones.No hay que rehuir el empleo de 3 fases, aunque puedan parecer más complejas y problemáticas para los conflictos con los peatones, su inseguridad es algo menor. Las razones para ello pueden ser:
* Se reducen los riesgos para los demás accidentes (peatones / bicicletas / ciclomotores / vehículos).
* Se moderan las velocidades, porque los vehículos se acumulan a la entrada de la intersección.
* Se ordena el tránsito, brindando seguridad de traslación a todos los actores de la circulación viaria.
Por este motivo, es muy importante que el Concejo Deliberante extreme cuidados en la fijación de este tipo de Decretos. En definitiva, es lamentable que no haya una verdadera POLÍTICA DE ESTADO en cuestión de SEGURIDAD VIAL (Así con mayúsculas).
Nuestro último deseo, es que se anule el decreto 475/13, y que los concejales, se asesoren con personal especializado en ingeniería de tránsito, antes de proyectar, tomar decisiones y resoluciones.
Desde ya, agradeceremos la difusión de este comunicado.
P.D.: Adjuntamos Diagrama de ondas verdes (actual y posible según decreto 475/13) y el Plan de Reordenamiento Vial que presentamos en el Concejo Deliberante en el mes de Noviembre de 2012 (que aun no fue tratado).
Partido Generación para un Encuentro Nacional (GEN) de Villa Gobernador GálvezCel: (0341) 156-644900
e-mail: genvgg@gmail.com
Blog: ideasparavgg.blogspot.com
e-mail: genvgg@gmail.com
Blog: ideasparavgg.blogspot.com
Partido con personería jurídica electoral, integrante del Frente Progresista Cívico y Social (FPCyS) y Frente Amplio Progresista (FAP).
CACHI MARTINEZ DE 100% SANTAFESINO
Inundaciones 2003
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Cachi Martínez: “El silencio del agua fue el peor que escuché en mi vida”
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El diputado nacional caminó por todos los barrios que padecieron la trágica inundación. “Como justicialista, siento indignación, porque hubo y hay responsables, no solo penales sino también políticos” dijo. También pidió que la provincia cumpla con un resarcimiento a todos los damnificados.
El diputado nacional Oscar Cachi Martínez caminó durante todo el domingo por los barrios del sector oeste y norte de la ciudad de Santa Fe, al estar cumpliéndose 10 años de las trágicas inundaciones que dejaron a decenas de víctimas y daños materiales millonarios sobre los afectados. “Vinimos a los mismos lugares donde estuvimos hace una década para decirle a los vecinos que estuvimos pero vamos a seguir estando de su lado” manifestó.
El líder de 100% Santafesino fue recibido respetuosamente en todos los sectores y permaneció acompañado por la diputada Marcela Aeberhard y el jefe de su bancada Germán Kahlow, los concejales Cristian Huser y Marcelo Ferreira, así como también por el ex nadador profesional Fernando Fleitas. entre otros dirigentes. Al referirse a la anunciada crecida de Salado, Martínez dijo “el peor de los silencios que escuché en mi vida, fue el del agua. Recuerdo ese momento con mucho dolor, porque fue un acontecimiento que marcó trágicamente la historia de nuestra ciudad especialmente, pero además de toda la provincia. Fue un episodio cargado de fatalidad que dejó más de 20 muertos de manera directa, a los que deben sumársele más de un centenar indirectamente tras haber sido afectados”.
“Fue un hecho catastrófico que azotó 29 vecinales y cerca de 110 mil personas en los sectores más humildes que son los que se ubican en el norte y en el oeste, por donde hoy estamos caminando” dijo el legislador y aseguró “como justicialista, siento indignación porque hubo y hay responsables, no solo penales sino también políticos. La ciudad se inundó dos veces en menos de cinco años. Primero por no cerrarse las defensas para no tocar una cancha de golf y en 2007 porque no se compraron las bombas para extraer el agua al cerrarse los terraplenes”.
La ida del PJ
Cachi también reconoció que “fueron estos hechos los que nos diferenciaron políticamente de Reutemann, Obeid, Balbarrey, Alvarez y de toda una dirigencia que posee relación con esta tragedia. Desde allí empezamos a construir nuestro espacio y decidimos formar nuestro propio partido. Somos peronistas pero lejos estamos de coincidir con estas personas”.
El diputado agregó “tiene que haber memoria para que aquellos que metieron la pata paguen por sus errores, por eso adherimos al pedido de los concejales de nuestro espacio en la ciudad para solicitar las actuaciones realizadas también por la inundación del 2007, donde existieron serias responsabilidades por parte de quienes ocupaban cargos políticos en el ejecutivo local y provincial”.
“La inundación también mostró de la peor forma la desigualdad en la que está inmersa aun esta ciudad, donde muchos conocieron por primera vez a vecinos de su mismo lugar pero sin acceso a la educación, la salud o a una vida digna. Muchos de esos 75 mil evacuados, que en muchos casos perdieron absolutamente todo, aún siguen padeciendo que el agua entre de nuevo a sus casas. Se hizo mucho, a eso debemos reconocerlo pero aún queda mucho por concluir. Todavía queda pendiente un debate sobre qué modelo de ciudad y de provincia queremos” dijo Martínez.
Resarcimiento pendiente
“Hay imágenes sentidas, cosas que no se olvidan y la cuestión económica también está presente porque pasó una década y el gobierno provincial no indemnizó a los afectados, por eso cuando acompañé a Rafael Bielsa en la pasada contienda electoral, uno de los compromisos que teníamos era resarcir a los damnificados. De hecho hay una gran cantidad de demandas sin resolverse. Tanto desde la legislatura en nuestro bloque, como desde el Congreso argentino vamos a solicitar una reparación” indicó.
“Hay que trabajar en un plan de contingencia utilizando todos los niveles de conocimientos. Tal es así que los concejales Marcelo Ferreira y Cristian Huser del bloque 100% Santafesino, también piden en su proyecto que haya simulacros para que la ciudadanía sepa de verdad como reaccionar ante las catástrofes”.
Discusiones por venir
El legislador nacional opinó sobre la realidad del manejo del agua en el territorio provincial y dijo que “también debe darse una discusión. Hace algunas semanas estuvimos en Las Toscas y escuchábamos con preocupación los problemas que afectan a los Bajos Submeridionales y a pocos kilómetros, la ciudad de Villa Ocampo se había inundado. A pesar de tener también los ríos Paraná, Salado y Carcaraná, la Laguna La Picasa y el acuífero Guaraní hay un tercio de nuestra provincia sin agua potable. Se nos mueren las vacas por falta de agua y nos inundamos recurrentemente en los grandes conglomerados”.
Por último, Cachi Martínez finalizó “hay que reflexionar y no olvidarse lo que pasó. Nuestro accionar es una espada de Damocles sobre la cabeza y todas las decisiones que se toman a la hora de gobernar influyen directamente sobre muchas personas”.
Material de la recorrida en Youtube con declaraciones (duración 2' 47"):
Spot publicitario recordando las inundaciones (duración 1' 11")
Prensa Diputado Nacional
Dr. Oscar Ariel Martínez
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POLICIAL
Villa Gobernador Gálvez
PELEA Y MUERTE EN VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ
Un hombre de 31 años fue detenido anoche, luego de que mantuviera una discusión con otro que termino con la muerte del segundo
Personal policial del destacamento H. Provincial da cuenta que siendo las 22.45hs, ingreso el llamado VERON trasladado en el móvil de Comisaría 25º, fue examinado por la Dra. Pascual quien diagnostico HAF escopetazo en pierna derecha.
Efectivos de la Comisaría 25º, a las 22:00 hs, del día de ayer, fueron enviados a calles La Rivera y Maipú, porque según un llamado teléfonico ala central de Comunicaciones 911, habría allí dos personas heridas, al llegar al lugar, se encontraron con dos grupos de personas que solicitaban una ambulancia, para los heridos, el primer herido un sujeto de 41 años presentaba una herida de arma blanca en tórax, mientras que el restante de 31 años, presentaba una Herida de arma de fuego en pierna derecha, ambos fueron trasladados al hospital Gamen.
Los uniformados lograron establecer según los dichos de los vecinos que se encontraban en el lugar, que hubo una discusión entre ambos y el sujeto de 41 años le efectúo un disparo con escopeta al segundo y éste le habría aplicado un puntazo. Seguidamente los agentes se dirigieron al Hospital mencionado en donde constataron que el sujeto de 41 años, fue asistido por la herida de arma blanca en el torax, en paro respiratorio y posterior fallecimiento, mientras que el segundo sujeto, fue trasladado al H. Provincial con la debida custodia. Se dio cuenta del hecho al juzgado de Inst. 7º y a la fiscal Nº 4 en turno.-
viernes, 26 de abril de 2013
CONCEJO DELIBERANTE DE VGG. 5TA SESION
Esta es una síntesis de la 5º sesión de carácter ordinaria que se realizó el 25 de Abril de 2013. La misma estuvo presidida por la Presidente del Concejo Deliberante Norma Haydeé Auge, en Secretaria Daniel Marcucci.
Concejales presentes: Mangiaterra, Cabrera, Luraghi, López, Dolce, Martínez, Cabrol y Monte.
Lectura del Orden del Día.
AUTORIZACION EVENTO CLUB SPORTIVO “IGLESIA SAN DIEGO DE ALCALA”
DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACION, El Departamento Ejecutivo Municipal, eleva copia Expte. Administrativo N’ 43.475/13 caratulado “Evento Club Sportivo 21/04/13 Iglesia San Diego de Alcalá y fotocopia de modelo de contrato. Expte. Nº 4.745/13.
Favorable con modificaciones.
El Concejal Luraghi mociona que se agregue el art. 2 donde se especifica el precio de la entrada. Se aprueba.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
DECRETO
ART.1º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir con la Parroquia “San Diego de Alcala”, representada por su Cura Parroco Darçio Rotondo, D.N.I. N’ 26.973.352, un contrato de comodato otorgando el uso y goce gratuito del estadio cubierto del Polideportivo Municipal “Club Sportivo de Villa Gobernador Galvez” para la realizacion de un almuerzo comunitario, el dia 28 de abril del corriente año, cuyo modelo obra como Anexo I y es parte integrante del presente Decreto.
ART.2º) Autorízase al organizador del evento descripto en el Art. 1º al cobro de una entrada al predio de Pesos Sesenta ($60.-), cuya recaudación será destinada a solventar los gastos de organización.
AUDIENCIA PARA DISCUTIR REGULACION DE APLICACIÓN DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS
DICTAMENES DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACION Y ECOLOGIA, Proyecto de Resolución, convocando a una audiencia para discutir la regulación de la aplicación de productos fitosanitarios. Exp. 4748/13. Autores del proyecto: Concejales Monte y Dolce.
Favorable con modificaciones.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
RESOLUCION
ART. 1º) Convócase a una Audiencia para discutir la Regulación de la Aplicación de Productos Fitosanitarios en el ámbito de Villa Gobernador Gálvez y el establecimiento del punto 0 de la Frontera Agropecuaria, según Expediente Nº 4.616/12 de este Cuerpo.
ART. 2º) Serán convocados a dicha Audiencia representantes del Departamento Ejecutivo Municipal, Concejales, Agrupaciones Ambientalistas, Organizaciones Estatales vinculadas a la temática y Productores Agropecuarios.
ART. 3º) La mencionada Audiencia será citada para la última semana de mayo del corriente año y su convocatoria se realizará con no menos de 10 días de anticipación.
MODIFICACION VALORES U.P. DERECHO DE ESTADIA – CODIGO DE FALTAS
DICTAMEN DE COMISIONES DE PRESUPUESTO Y HACIENDA Y GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Ordenanza, modificando los valores de U.P referidos al Derecho de estadía en la Ordenanza 490/89 (Código de Faltas). Exp. 4744/13
Autores del proyecto: Concejales Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi.
Favorable.
El Concejal Dolce opina sobre el punto.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
ORDENANZA
ART. 1º) Modifíquese el Art. 160.1 del Código Municipal de Faltas (Ordenanza Nº 490/89 y modificatorias), el cual quedará redactado de la siguiente manera:
160.1.- “Establécese como derecho de grúa una cantidad equivalente a 10 U.P., como derecho de acarreo de 1 a 30 U. P. y como derecho de estadía 0,5 U.P. diarios a partir de las 48 horas de su ingreso”.
ART. 2º) Modifíquese el Art. 160.2 del Código Municipal de Faltas (Ordenanza Nº 490/89 y modificatorias), el cual quedará redactado de la siguiente manera:
160.2.- “Establécese como derecho de estadía diaria el valor de 1 U.P. diarios en el caso de reincidencia.”
MODIFICACION ORDENANZA TRIBUTARIA Y CODIGO TRIBUTARIO SOBRE DERECHOS DE PUBLICIDAD Y PROPAGANDA
DICTAMEN DE COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto de Ordenanza, modificación Ordenanza Tributaria y Codigo Tributario, sobre Derechos de Publicidad y Propaganda. Exp. 4637/12.
Autor del proyecto: Concejal Monte.
Favorable con modificaciones.
Los Concejales Monte y Luraghi opinaron sobre el punto.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
ORDENANZA
ART. 1º) Modifícanse del CAPITULO XIV, DERECHOS PUBLICITARIOS, los Artículos 149º Y 150º (Código Tributario Municipal, Ordenanza Nº 1415/99), los cuales quedarán redactados como sigue:
“CAPÍTULO XIV:
DERECHO DE PUBLICIDAD Y PROPAGANDA, DISPOSICIONES GENERALES.
Hecho Imponible y Ámbito de aplicación
ART. 149º) Por los conceptos que a continuación se enumeran se abonarán los derechos que al efecto se establezcan en la Ordenanza Tributaria Nº 1608/04:
a) La publicidad y/o propaganda escrita o gráfica, hecha en la vía pública o visible desde esta, con fines lucrativos o comerciales, considerándose a tal efecto: textos, logotipos, diseños, colores identificatorios y/o cualquier otra circunstancia que identifique: nombre de la Empresa, nombre comercial de la misma, nombre y/o características del producto, marcas registradas, etc., o el servicio publicitado. Cuando la publicidad se encuentre en casillas y/o cabinas con los medios indicados y/o colores identificatorios, se considerará publicidad o propaganda a la casilla y/o cabina de que se trate.
b) La publicidad y/o propaganda que se realice o se halle en el interior de locales o lugares destinados al público, o que posibiliten el acceso de público en general o de cierto y determinado público particular (Cines, teatros, comercios, galerías, shoppings, autoservicios, supermercados e hipermercados, campos de deporte y demás sitios destinados a público).
c) La publicidad y/o propaganda oral realizada en la vía pública o lugares públicos o de acceso al público, o que por algún sistema o método llegue al conocimiento público;
d) La publicidad y/o propaganda escrita, gráfica o a través de cualquier medio de comunicación visual o sonoro, que directa o indirectamente lleve al conocimiento del público o de la población en general: nombres, nombres comerciales, de fantasía, siglas, colores, diseños, logos, etc., de empresas, productos, marcas y/o servicios, como así también cualquier frase o expresión que permita ser inferida por éste como reconocimiento de nombres comerciales, productos, servicios y/o cualquier otra actividad comercial.
No quedan comprendidos en la presente regulación:
a) La publicidad y/o propaganda con fines sociales, recreativos, culturales, asistenciales y a beneficio, a criterio de la Comisión que el Concejo Deliberante designe a tal efecto.
b) La exhibición de chapa de tamaño tipo, donde conste solamente nombre y especialidad de profesionales u oficios.
c) Los anuncios que en forma de letreros, chapas o avisos sean obligatorios en virtud de normas oficiales y por el tamaño mínimo previsto en dicha norma; siempre y cuando pertenezcan directamente obligado y se limiten a la simple y llana información exigida por dichas normas, con prescindencia de cualquier dato propagandístico, como colores, diseños, y/o que puedan inferir en el público con fines comerciales.
d) La publicidad que se refiera a mercaderías o actividades propias del establecimiento donde la misma se halle.
Base Imponible
ART. 149º BIS) Los derechos se fijarán teniendo en cuenta la naturaleza, importancia, forma de la propaganda o publicidad y la superficie y ubicación del aviso, anuncio y objeto que la contenga.
Cuando la base imponible sea la superficie de la publicidad o propaganda, esta será determinada en función del trazado del rectángulo de base horizontal, cuyos lados pasen por las partes de máxima saliente del anuncio, incluyendo colores identificatorios, marco, revestimiento, fondo, soportes, y todo otro adicional agregado al anuncio.
A los efectos de la determinación se entenderá por “Letreros” a la propaganda propia del establecimiento donde la misma se realiza y “Aviso” a la propaganda ajena a la titularidad del lugar.
Cuando la publicidad o propaganda no estuviera expresamente contemplada, se abonara la tarifa general que al efecto se establezca en la Ordenanza Impositiva.
Contribuyentes
ART. 149º TER) Considéranse contribuyentes de los derechos de publicidad y propaganda a las personas físicas o jurídicas que -con fines de promoción y/o de obtener directa o indirectamente beneficios comerciales o lucrativos, de: marcas, comercios, industrias, profesiones, servicios o actividades, propios y/o que explote y/o represente- realicen alguna de las actividades o actos enunciados en el Artículo 149º, con o sin intermediarios de la actividad publicitaria, para la difusión o conocimiento público de los mismos.
Están exentos del pago de este derecho los contribuyentes inscriptos en el registro de inspección, no alcanzando esta excepción los que, inscriptos, tengan sus casas centrales o matrices fuera de la localidad.
Determinación Tributaria
ART. 150º) Establécese que, para determinación de la base tributaria, se procederá como sigue:
a) Los contribuyentes o responsables suministrarán a la Municipalidad, en carácter de Declaración Jurada, todos los elementos comprobatorios de las operaciones o situaciones que constituyen hechos imponibles o cuando esta Ordenanza u otras establezcan tácitamente los hechos y las circunstancias que la Municipalidad debe tener en cuenta a los fines de la determinación.
b) Se procederá a una constatación de oficio por parte de las Autoridades Municipales mediante la cual se relevará la existencia de publicidades, letreros y anuncios que constituyan hechos imponibles.
c) Toda hecho imponible que no se encuentre o que se encuentre inexactamente reflejado en la Declaración Jurada mencionada en el Inc. a) del presente artículo se presumirá existente a la fecha de habilitación de local donde se encuentre exhibida dicha publicidad o propaganda.
A esos efectos la Municipalidad podrá considerar todos los hechos, elementos, circunstancias que, por su vinculación o conexión normal con los que esta Ordenanza o especiales consideren como hecho imponible, permitan inducir en el caso particular la existencia y el monto del tributo que se determina.
Podrá valerse de todos los medios de prueba a su alcance, incluso de declaraciones e informes de terceros, presunciones o indicios, y/o elementos de juicio basados en conductas que los usos y costumbres en la materia sirvan para inferir la existencia de tales hechos imponibles.
Los hechos, elementos y circunstancias y/o medios de prueba, como así también las comprobaciones o relevamientos que se efectúen para la determinación de las obligaciones presentes, podrán ser tenidos por válidos como presunción de la existencia de idénticos hechos imponibles para la determinación del mismo tributo respecto a períodos anteriores no prescriptos.
Cuando la verificación, fiscalización y/o consideración de hechos imponibles se efectuaran en locales de terceros, bastará como constancia la firma de titular o responsable del lugar donde se llevó a cabo la constatación.
Cuando el procedimiento de determinación se hubiera iniciado por relevamientos y/o constataciones, podrá suplirse la vista al contribuyente o responsable a través de la notificación de un “Detalle” de medios y/o elementos relevados y/o constatados, con iniciación de cantidad, características, ubicación y demás circunstancias que permitan el debido contralor por parte del obligado, indicándole que se emite en el marco del Procedimiento Administrativo de Determinación de Oficio de Tributos Municipales.
En todos los casos de determinaciones de oficio motivadas por el incumplimiento de deberes formales por parte de contribuyentes y/o responsables, se deberán tener en cuenta los valores vigentes del tributo de que se trate, considerándose a la deuda como “de valor” de conformidad a los principios generales del derecho en la materia.
Vía Recursiva y Agotamiento de la Instancia administrativa
ART. 150º BIS) La determinación que rectifique una Declaración Jurada o que se efectúe en ausencia y/o deficiencias de la misma quedará firme a los diez (10) días de notificado el contribuyente, salvo que el mismo interponga dentro de dicho término recurso de apelación, el que deberá ser presentado, por escrito y dirigido al Intendente, en Mesa de Entradas del Departamento Ejecutivo Municipal.
El acto administrativo que resuelva el recurso de reconsideración de marras, agotará la instancia administrativa, y así se lo deberá notificar al Contribuyente, quién a partir de ese momento tendrá la vía judicial expedita, conforme lo regula la ley provincial en la materia.
Forma y término de pago. Autorización y pago previo, Permisos renovables - Publicidad sin permiso, Retiro de elementos, Restitución de elementos.
ART. 150º TER) Los tributos se harán efectivos en forma anual, para los anuncios que tengan carácter permanente, en cuyo caso se fija como vencimiento del plazo para el pago del derecho los días 30 de Abril, o hábil inmediato siguiente, de cada año.
Los letreros, anuncios, avisos y similares, abonarán el derecho anual no obstante su colocación temporaria.
Previamente a la realización de cualquier clase de publicidad o propaganda deberá solicitarse y obtenerse la correspondiente autorización y proceder al pago del tributo correspondiente.
Asimismo, cuando corresponda, deberá registrar la misma en el padrón respectivo.
Los permisos serán renovables con el solo pago respectivo. Los que no sean satisfechos dentro del plazo correspondiente, se considerarán desistidos; no obstante, subsistirá la obligación de pago de los contribuyentes hasta que la publicidad o propaganda sea retirada o borrada y de satisfacer los recargos y multas que en cada caso correspondan.
En los casos en que la publicidad se efectuara sin permiso, modificándose lo aprobado o en lugar distinto al autorizado, sin perjuicio de las penalidades a que diere lugar, la autoridad Municipal podrá disponer la remoción o borrado del mismo con cargo a los contribuyentes.
La Municipalidad queda facultada para retirar los elementos de publicidad y propaganda, cuando se haya extinguido el plazo de la autorización y no haya sido renovado. Tendrá la misma facultad cuando dichos elementos discrepen con los términos de la autorización.
No se dará curso a pedidos de restitución de elementos retirados por la Municipalidad sin que se acredite el pago de los derechos, sus accesorios y los gastos ocasionados por el retiro y depósito.”
ART. 2º) Agréguese el Título “DERECHO DE PUBLICIDAD Y PROPAGANDA” al Artículo Nº 22, OTROS TRIBUTOS, de la Ordenanza Nº 1608/04, el cuál quedará redactado como sigue:
“Por los Derechos previstos se abonarán por año, por metro cuadrado y/o fracción menor al metro cuadrado, los importes que a continuación se establecen:
Letreros simples (carteles, toldos, paredes, heladeras, exhibidores, azoteas, marquesinas, kioscos, vidrieras, etc.) $ 250,00
Avisos simples (carteles, toldos, paredes, heladeras, exhibidores, azoteas, marquesinas, kioscos, vidrieras, etc.) $ 250,00
Letreros salientes (metro cuadrado de cada faz) $ 250,00
Avisos salientes (metro cuadrado de cada faz) $ 250,00
Avisos en salas de espectáculos $ 250,00
Avisos sobre rutas, caminos, terminales de medios de transporte, baldío s $ 250,00
Banderas, estandartes, gallardetes, etc. $ 250,00
Avisos en columnas o módulos $ 250,00
Avisos realizados en vehículos de reparto, carga o similares $ 250,00
Avisos en sillas, mesas, sombrillas o parasoles, etc. $ 250,00
Para el resto de los casos se abonará como sigue:
Murales, por año por cada 10 unidades o fracción $ 250,00
Avisos de remates u operaciones inmobiliarias, por año por unidad $ 100,00
Avisos proyectados, por año por unidad $ 430,00
Publicidad móvil, por mes o fracción $ 250,00
Publicidad móvil, por año $ 900,00
Publicidad oral, por unidad y por día $ 200,00
Campañas publicitarias, por stand por día de promoción $ 250,00
Volantes, cada 500 o fracción, por año $ 250,00
Cuando los anuncios precedentemente citados fueren iluminados o luminosos los derechos se incrementaran en un cien por ciento (100%), en caso de ser animados o con efectos de animación se incrementaran en un veinte por ciento (20%) más. Si la publicidad oral fuera realizada con aparatos de vuelo o similares se incrementara en un ciento por ciento (100%). En caso de publicidad que anuncie bebidas alcohólicas y/o tabacos, los derechos previstos tendrán un cargo de cien por ciento (100%).
Para el cálculo de la presente tasa se considerara la sumatoria de ambas caras.
Los valores no abonados en término, se actualizarán a los valores que establezcan las Ordenanzas Tributarias e Impositivas vigentes al momento del pago.
Penalidades – Multas
Cuando el cumplimiento de obligaciones o deberes fiscales por parte de los contribuyentes trajera como consecuencia la omisión total o parcial en los ingresos de tributos, siempre que no concurran situaciones de fraude o exista error excusable de hecho o de derecho, será aplicable la multa por omisión, que será graduada por la autoridad municipal entre el cien por ciento (100%) y el quinientos por ciento (500%) del gravamen dejado de pagar o retener, más los intereses y recargos correspondientes.
La aplicación por multas por omisión será independiente de las que corresponda aplicar por cada incumplimiento o infracción en sí misma.”
ART. 3º) Derógase toda norma que se oponga a lo dispuesto por la presente.
REPARACION BACHE UBICADO EN SOLDADO AGUIRRE AL 1900
DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, para que se realice la reparación del bache ubicado en Av. Soldado Aguirre al 1900. Exp. 4738/13.
Autor del proyecto: Concejal Martinez.
Favorable con modificaciones.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
MINUTA DE COMUNICACION
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice la reparación del bache ubicado en Avenida Soldado Aguirre al 1900, entre calle Buenos Aires y San Nicolás, en el sentido de circulación Este - Oeste.
ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a señalizar el bache hasta que se efectúe las reparaciones pertinentes en el sector mencionado en el Art. 1º.
LIMPIEZA Y REPARACION BOCA DE TORMENTA UBICADA EN SAN MARTIN ENTRE SANTA ROSA Y RIO PARANA
DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando limpieza y reparación de la boca de tormenta ubicada en Av. San Martin entre Santa Rosa y Rio Paraná lado impar. Exp. 4743/13.
Autores del proyecto: Concejales Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi.
Favorable con modificaciones.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
MINUTA DE COMUNICACION
ART. 1) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda proceda limpiar y reparar la boca de tormenta que se encuentra en Av. San Martín entre Santa Rosa y Rio Paraná vereda impar.
TAREAS DE ZANJEO Y DESAGÜES EN VEREDA PAR, CALLE SAN LUIS ENTRE CAMINO DEL INMIGRANTE Y KENNEDY
DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, para que se realicen tareas de zanjeo y desagües en vereda par de calle San Luis entre Camino del Inmigrante y Kennedy. Exp. 4746/13.
Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Favorable.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
DECRETO
ART. 1) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del Área que corresponda, realice tareas de zanjeo y desagües en la vereda par de calle San Luis entre Camino del Inmigrante y calle Kennedy.
TRABAJOS DE ESTABILIZADO Y NIVELACION EN CALLE TIERRA DEL FUEGO ENTRE SANTA ROSA Y CAMINO A CARGILL
DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, para que se realicen trabajos de estabilizado y nivelación en calle Tierra del Fuego entre Santa Rosa y Camino a Cargill. Exp. 4747/13.
Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Favorable.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
DECRETO
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaria que corresponda, realice trabajos de estabilizado y nivelación en calle Tierra del Fuego entre Santa Rosa y Camino a Cargill.
DIFERENTES TRABAJOS DE OBRAS PUBLICAS EN EL SECTOR Nº 20
DICTAMEN DE COMISIONES DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD Y SERVICIOS PÚBLICOS, Proyecto de Decreto, realización de diferentes trabajos de obras públicas en el sector catastral Nº 20 y se gestiones el servicio de transporte en el mismo. Exp. 4742/13.
Autor del proyecto: Concejal Martinez.
Favorable con modificaciones.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
MINUTA DE COMUNICACION
ART. 1) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda realice en el sector comprendido por las calles Rio Paraná al Sur, Esperanza al Norte, Caseros al Oeste y Av. San Martin al Este:
a) Obras de zanjeo y mantenimiento y aperturas de calles Santa rosa y Salto Grande.
b) Trabajos de desmalezamiento y limpieza.
c) Colocación y mantenimiento de luminarias.
d) Colocación de contenedores para residuos domiciliarios.
ART. 2) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda estudie la viabilidad del acondicionamiento de un espacio público para actividades recreativas, como así también un análisis sobre tierras inundables en el sector mencionado en el Art. 1º.
Video de la sesión
Link al video
En la Web
http://www.concejovgg.com.ar
concejodeliberantevgg.blogspot.com
Un Concejo junto a la gente
RECIBIDO EN MI MAIL CURIOSAMENTE NO SE HABLA DEL BOTELLAZO QUE SE ENVIO AL DIPUTADO ROSSI NI A LAS APRETADAS A TODOS LOS QUE PIENSAN DISTINTO. carlos garcia
RESPUESTA A LA REFORMA JUDICIAL
LA UCR LLAMA A CONFORMAR UN FRENTE NACIONAL CON FUERZAS AFINES
Los principales referentes del radicalismo llamaron a consolidar un frente electoral con fuerzas políticas afines, y anunciaron que agotarán todas las instancias legales para frenar la reforma judicial del Gobierno.
En la sede del Comité Capital y frente un auditorio colmado, el Presidente de la UCR, Mario Barletta, anunció que "frente a las circunstancias que vive nuestra República, los radicales hemos asumido un compromiso que vamos a suscribir en este acto".
A continuación leyó el texto del documento que luego firmó con los jefes de los bloques parlamentarios Ricardo Gil Lavedra y José Cano, y los oradores que compartieron el estrado: la Presidente de la Convención Nacional, Lilia Puig de Stubrin; el Presidente de la Juventud Radical, Lucio Lapeña; Ricardo Alfonsín, Julio Cobos y Ernesto Sanz.
Dicho compromiso "manifiesta publicamente la convicción de conformar un frente nacional con fuerzas políticas y sociales afines, priorizando a los partidos políticos que constituyen el FAP, a la Coalición Cívica y a Proyecto Sur. Sobre esta base convocaremos a construir una Argentina distinta. Una Argentina con valores, con educación, cultura de trabajo, honestidad y justicia".
El documento contiene, además, seis acciones que la UCR se compromete a llevar adelante para frenar la implementación del paquete judicial que impulsa el Gobierno, incluyendo la denuncia en tribunales internacionales y la presentación de un amparo que declare la inconstitucionalidad de parte del proyecto".
"La UCR recurrirá a todas las instancias judiciales para defender la división de poderes, la independencia de la justicia, y para impedir que quede impune la vergonzante corrupción", sentenció Barletta.
Participaron del acto los legisladores Ricardo Gil Lavedra, José Cano, Juan Pedro Tunessi, Patricia De Ferrari, Miguel Bazze y Ulises Forte; los dirigentes Rodolfo Terragno, Hipólito Solari Yrigoyen, Facundo Suárez Lastra y Elva Roulet; las autoridades de la Auditoría General de la Nación Leandro Despouy y Horacio Pernasetti; y las autoridades partidarias Atilio Benedetti, María Eugenia Betancurt, Ariel García, Cesar Biffi, Eduardo Vischi, Walter Ceballos, Elena Piombino, José Barrozo y Juan Fuentes; entre otros.
HOLA A TODAS Y TODOS BUENO HABÍAMOS DEJADO ANTES DEL AÑO PASADO PENSANDO QUE NO OCURRÍA NADA MUY INTERESANTE PERO SOBRE EL FIN DE AÑO OCURRIERON EN VGG . ALLA POR EL 19-20 DE DICIEMBRE HECHOS LAMENTABLES DE SAQUEOS NOOOO! PERDÓN DE ROBOS MUY ORGANIZADOS CON ALGUNOS PUNTEROS CONOCIDOS ARMADOS.ASÍ TERMINO EL 2012...
LUEGO HACE POCO OCURRE EL DESGRACIADO HECHO EN LA ALCAIDIA DE ROSARIO CON LOS DETENIDOS EN EL PROCEDIMIENTO DE ALVEAR CONTRA TEMA DROGA....
MUCHOS HABLARON Y OPINARON PERO ES MOTIVO DE HONDA PREOCUPACIÓN EN LA POBLACIÓN DE VGG.
DE AHORA EN MAS RETOMAREMOS EL CONTACTO CON UDS. ACTUALIZANDO ESTO SEMANALMENTE POR LO MENOS O CUANDO LA INFORMACIÓN LO REQUIERA.
carlosgarcia686@yahoo.com.ar
LUEGO HACE POCO OCURRE EL DESGRACIADO HECHO EN LA ALCAIDIA DE ROSARIO CON LOS DETENIDOS EN EL PROCEDIMIENTO DE ALVEAR CONTRA TEMA DROGA....
MUCHOS HABLARON Y OPINARON PERO ES MOTIVO DE HONDA PREOCUPACIÓN EN LA POBLACIÓN DE VGG.
DE AHORA EN MAS RETOMAREMOS EL CONTACTO CON UDS. ACTUALIZANDO ESTO SEMANALMENTE POR LO MENOS O CUANDO LA INFORMACIÓN LO REQUIERA.
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