jueves, 6 de mayo de 2010

CONCEJO MUNICIPAL DE ROSARIO

CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE ROSARIO

Dirección General de Prensa

Jueves 6 de mayo de 2010

LA SESIÓN DE HOY

PLAN DE EXTENSIÓN DE REDES CLOACALES

En el marco del tratamiento conjunto que realizan las comisiones de Obras Públicas, Presupuesto y Gobierno, se analizaron propuestas relacionados a la extensión de la red cloacal y fueron acordados tres proyectos que fueron aprobados sobre tablas.

El primero de ellos, solicita a la Empresa Aguas Santafesinas S.A. (Assa) un cronograma de obras, el otro requiere a la Secretaría de Obras Públicas información acerca de la pavimentación de arterias prevista para el presente año, mientras que el último, decide solicitar una entrevista al Ministerio de Planificación para requerir financiamiento para la obra.

Al ambicioso plan, que pretende extender la red cloacal a todo el ejido urbano, durante los próximos diez años, cuenta con el visto bueno de las diferentes bancadas que componen el Cuerpo, las que se abocarán, en los próximos días, al análisis comparativo de las propuestas, para unificar un proyecto conjunto.

EL TEXTO DE LOS TRES PROYECTOS

Visto: la reunión celebrada en el día de la fecha por las Comisiones de Obras Públicas y Seguridad , Gobierno y Cultura y Presupuesto y Hacienda, a los fines de considerar el Expediente n° 177.149-I.-2010 ;con mensaje del Sr. Intendente n° 03/10 SOP Proyecto de Ordenanza acuerdo marco de cooperación entre el Municipio y Aguas Santafesinas SA “Programa Solidario e Integrador de desagües cloacales de Santa Fe” ,al que se adjuntan los siguientes expedientes: N° 136.852-P-2004 :Proyecto de Ordenanza del Concejal Boasso y otros creando el Fondo Solidario para Obras de Pavimentación y Saneamiento, n° 171.515-P-09 Proyecto de Decreto de los Concejales Bielsa y Rosúa dotando de cloacas a la ciudad de Rosario en el marco de celebración del Bicentenerario y n° 176.137-P-2010 Proyecto de Ordenanza de los Concejales Cavallero y Curi creando el Fondo Municipal de Redes Cloacales .

Y Considerando :Que del prolongado debate realizado entre los asistentes a dicha reunión , surgió la necesidad de requerir mayor información tanto a Aguas Santafesinas SA , como a la Municipalidad de Rosario, en relación al cronograma de obras de saneamiento propuestas en el convenio marco , como así también lo relativo al cronograma de ejecución de obras de pavimento con factibilidad técnica. Así mismo gestionar desde este cuerpo ante el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación una audiencia ante su titular Ingeniero Julio De Vido a efectos de lograr el envió de una partida del Plan Estratégico para Infraestructura.

Como consecuencia se dispone elaborar tres proyectos de resolución como despacho de las Comisiones para tratamiento sobre tablas en la sesión Ordinaria del 06/05/2010, cuyo texto es el siguiente:

I) RESOLUCION

.Dispónese solicitar a la empresa Aguas Santafesinas S.A. que remita a este cuerpo a la mayor brevedad ,la planificación y cronograma de obras de acuerdo a capacidad operativa de la empresa por el plan de cloacas a realizar según convenio con el Municipio de Rosario y el orden de jerarquización técnica de las distintas zonas de la ciudad.

II) RESOLUCION

Dispónese solicitar al Departamento Ejecutivo que remita a este Cuerpo la planificación y cronograma potencial de ejecución de obras de pavimentación de las 1346 (mil trescientas cuarenta y seis) cuadras que cuentan con estudio de factibilidad técnica, de acuerdo a la capacidad operativa.

El Departamento Ejecutivo, para el caso de realizarse las obras de saneamiento previstas en el convenio marco de referencia, informará a este cuerpo cuantas cuadras tendrán factibilidad técnica de pavimento definitivo.

III) RESOLUCION

1. Encomiéndase a la Presidencia de este Cuerpo, que gestione ante el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación una audiencia ante su titular, Ingeniero Julio De Vido, antes del mes de junio, a efectos de lograr el envío de una partida del Plan Estrátegico para Infraestructura., destinada a obras de pavimentación complementarias con el plan de saneamiento previsto en el convenio marco de referencia.

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CREAN EL REGISTRO “NO LLAME”

ORDENANZA

Artículo 1.- Creación Registro. Objeto: Crease en el ámbito de la ciudad de Rosario el Registro No Llame, con el objetivo de proteger a los usuarios de servicios telefónicos de los posibles abusos que puedan surgir del uso de cualquier tipo de comunicación por vía telefónica para publicitar, ofertar, vender y/o regalar bienes y/o servicios (telemarketing).

Art. 2.- A los fines de la presente Ordenanza se entiende por usuarios de servicios telefónicos:

A los titulares de líneas de telefonía fija o de comunicaciones móviles instaladas o con facturación en la Ciudad de Rosario.

A quienes, sin ser titulares de una línea de telefonía fija o de comunicaciones móviles, hayan sido autorizados por el titular de la misma a utilizarla.

Art. 3.-Inscripción.

Puede inscribirse en el Registro No Llame toda persona titular de una línea telefónica que manifieste su decisión de no ser contactada telefónicamente por empresas que, haciendo uso de datos personales, utilizan el sistema de telemarketing para publicitar, ofertar, vender y/o regalar bienes y/o servicios en el ámbito de la ciudad.

Art. 4.- Los usuarios de servicios telefónicos pueden registrar en el Registro “No Llame” los números de líneas telefónicas de las que fueren titulares o usuarios autorizados, a través del procedimiento que se establece en la presente ordenanza.

Art. 5.- El titular o usuario autorizado puede consultar en todo momento si los números telefónicos de los que es titular o usuario autorizado se encuentran inscriptos en el registro. La información indicará el número telefónico inscripto y la fecha en que realizo la inscripción.

Art. 6.-Los registrados pueden solicitar la cancelación de la inscripción de la misma manera y por los mismos medios que se encuentran disponibles para la registración.

Art. 7.- Para inscribir un número telefónico en el Registro “No Llame”, el titular de la línea telefónica debe presentar la última factura del servicio telefónico que desee incorporar al Registro, junto con su Documento Nacional de Identidad o documento equivalente. Si quien desee inscribir un número telefónico es un usuario autorizado, debe acreditar tal carácter con la documentación que determine la Autoridad de Aplicación.

Art. 8.- Medios para la inscripción. La inscripción en el registro, así como la baja, deben ser posibles por medios eficaces, de uso rápido, sencillos y gratuitos, informáticos, telefónicos y/o postales, de acuerdo a lo que disponga la reglamentación de la presente ordenanza.

Art. 9.- Autoridad de aplicación. La Autoridad Encargada de administrar y hacer efectivo el Registro No Llame será la Oficina Municipal de Defensa del Consumidor, quien deberá elevar copia del Registro a la Dirección Provincial de Comercio Interior, junto a todos los antecedentes que estime pertinentes a fin de que aplique el procedimiento sancionatorio previsto en la ley 24240 LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR en cuanto a las practicas abusivas a las condiciones de oferta y venta.

Art. 10.- Obligaciones.

Las empresas que utilizan el sistema de telemarketing para publicitar, ofertar, vender y/o regalar bienes y/o servicios en el ámbito de la ciudad, deberán abstenerse de dirigirse a ninguno de los inscriptos en el Registro No Llame, so pena de poder ser sancionados conforme lo reglamentado en el artículo 9º.

Art. 11.- Las empresas que proveen o utilizan el servicio o el sistema de telemarketing son las responsables de notificarse de las inscripciones registradas, tanto de las altas como de las bajas. La notificación debe realizarse por acceso directo o presentación espontánea de la parte interesada, su apoderado o representante legal conforme lo establezca la Autoridad de Aplicación.

Art.12 Duración y renovación de las inscripciones.

Las inscripciones tienen una duración de dos (2) años a partir de su incorporación al Registro No Llame y se renuevan automáticamente por un período igual, salvo manifestación en contrario del registrado.

Art. 13.- Plazos de notificación. Las empresas que utilizan el sistema de telemarketing para publicitar, ofertar, vender y/o regalar bienes y/o servicios en el ámbito de la ciudad deben notificarse de las inscripciones registradas, dentro de los noventa (90) días a partir de la promulgación de la presente ordenanza. En lo sucesivo deberán notificarse cada noventa (90) días de las altas y bajas del registro.

Art.4.- Comuníquese con sus considerandos, etc.

LICENCIA POR PATERNIDAD

El proyecto aprobado, elimina el requisito de contar con al menos seis (6) meses de antigüedad para gozar del beneficio de la licencia.

Vuestra Comisión de Gobierno y Cultura ha tomado en consideración el proyecto de Ordenanza de la concejala Norma López, mediante el cual propone la modificación de la Ordenanza 7852 referida a la licencia especial por paternidad. Fundamenta que: “Visto: que lo dispuesto por la Ordenanza 7852 sancionada el 26/05/05 establece para los agentes varones dependientes de la Administración Pública Municipal, sus Entes Autárquicos y Organismos Descentralizados, una licencia especial por paternidad de quince (15) días corridos con goce de haberes. Y Considerando: Que de los considerandos de la norma mencionada se desprende la intención de los legisladores de “garantizar el derecho de los niños a ser cuidados por sus padres, que hombres y mujeres puedan incorporarse en igualdad de oportunidades en la vida económica y en las tareas del cuidado de sus hijos, ayudar a los padres a adaptarse a la llegada de un hijo, permitirles conciliar mejor las responsabilidades familiares y laborales y otorgarles la posibilidad de ejercer libre y generosamente tanto la maternidad como la paternidad”. Que el beneficio de esta licencia por paternidad, con anterioridad a la sanción de la mencionada Ordenanza, y que disponía sólo dos días laborales con uno hábil al menos, fue pensada a los fines exclusivos de la realización de trámites administrativos. Que la ordenanza 7852/05 justamente hace un enfoque respecto al tema, que deja de lado el rol que los modelos familiares tradicionales han asignado históricamente al hombre, que lo instalan exclusivamente como proveedor, y que no facilitan el desarrollo de la función paterna ni su participación en el cuidado de los niños.”

La Comisión ha creído conveniente producir despacho favorable y en consecuencia propone para su aprobación el siguiente proyecto de:

ORDENANZA

Artículo 1.- Modifíquese la Ordenanza Nro.7852 aprobada el 26 de mayo de 2005, la que quedará redactada de la siguiente forma:

“Art. 1.- Establécese a partir del 01/04/2010 para los agentes varones dependientes de la Administración Pública Municipal, sus Entes Autárquicos y Organismos Descentralizados, una licencia especial por paternidad de quince (15) días corridos con goce de haberes, contados desde el nacimiento o desde la notificación fehaciente de la comunicación para recibir la guarda con fines de adopción sea simple o plena de un niño o más niños de hasta siete años de edad. En caso de nacimientos múltiples el plazo de la licencia será de veinte (20) días corridos”.

Art. 2.- Comuníquese con sus considerandos, etc.-

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SESIÓN EXTRAORDINARIA PARA EL TRATAMIENTO

DE TEMAS RELACIONADOS CON LOS JÓVENES

Vuestra Comisión de Gobierno y Cultura ha tomado en consideración el proyecto de Resolución de la concejala Bertotto, mediante el cual declara al próximo 12 de agosto de 2010 como “Día de Sesión exclusiva para el tratamiento de Proyectos de Juventud” en el marco de las actividades de celebración del Día Internacional de la Juventud.

La Comisión ha creído conveniente producir despacho favorable y en consecuencia propone para su aprobación el siguiente proyecto de

RESOLUCION

1º.- Disponese convocar para el día 12 de agosto de 2010 a una Sesión Extraordinaria, previa a la sesión ordinaria de la referida fecha, para el tratamiento de Proyectos de Juventud, en el marco de las actividades de celebración del Día Internacional de la Juventud.

2º.- Convócase a la presentación pública y abierta de proyectos referentes a la temática y problemática juvenil en la ciudad de Rosario, la que se llamará con una anticipación mínima de 90 días y cerrará con dos semanas de antelación a la celebración de la Sesión mencionada en el punto 1. En ese período los proyectos podrán ser presentados o ingresados al Concejo Municipal por los jóvenes en forma personal, por organizaciones sociales juveniles o por entidades o instituciones públicas o privadas abocados al tratamiento de la temática juvenil.

3º.- Los Concejales/as evaluarán los proyectos en comisiones de acuerdo al tenor y características de los proyectos presentados, y aquellos que se aprueben pasarán para tratamiento en la Sesión del 12 de agosto de 2010.

PIDEN INFORMES SOBRE CONVENIO SUSCRIPTO

POR EL MUNICIPIO Y ORGANISMOS DE SEGURIDAD

Vuestras Comisiones de Gobierno y Cultura y de Seguridad Pública y Comunitaria han tomado en consideración el proyecto de Minuta de Comunicación del concejal Giuliano, mediante el cual solicita al Departamento Ejecutivo informe sobre la existencia de convenios suscriptos por el municipio con los demás estamentos del Estado y/o organismos y/o fuerzas de seguridad, con el objeto de lograr la prevención del delito en el ámbito de la ciudad y de otorgar capacitación y/o formación a los recursos humanos de la Municipalidad de Rosario en materia de seguridad y prevención del delito.

Las Comisiones han resuelto producir despacho al referido expediente y en consecuencia proponen para su aprobación el siguiente proyecto de:

MINUTA DE COMUNICACION

El Concejo Municipal se dirige al Departamento Ejecutivo a fin que, por intermedio de la repartición correspondiente, informe a la brevedad, sobre lo siguiente:

a) informe sobre la existencia de convenios suscriptos por el municipio con los demás estamentos del Estado, y/o organismos y/o fuerzas de seguridad con el objeto de lograr la prevención del delito en el ámbito de la ciudad de Rosario;

b) informe sobre la existencia de convenios suscriptos por el municipio con los demás estamentos del Estado, y/o organismos y/o fuerzas de seguridad con el objeto de otorgar capacitación y/o formación a los recursos humanos de la Municipalidad de Rosario en materia de seguridad y prevención del delito;

c) remita copia del convenio suscripto el pasado 11/01/2010 con la Gendarmería Nacional Argentina y la Agencia de Seguridad Vial de la Provincia de Santa Fe.

EL CINEASTA LUIS PUENZO SERÁ DECLARADO

MAÑANA VISITANTE DISTINGUIDO DE ROSARIO

De la concejala socialista Clara García se aprobó un proyecto a través del cual será declarado visitante distinguido de Rosario el cineasta Luis Puenzo. La ceremonia se llevará a cabo mañana, a las 17, en el Teatro La Comedia.

BENEPLACITO POR MODIFICACIÒN EN EL CÓDIGO CIVIL

QUE PERMITE EL MATRIMONIO SIN DISTINCIÓN DE SEXO

Con el voto en contra del justicialista Diego Giuliano, el Concejo aprobó por mayoría reglamentaria un proyecto de declaración del concejal Pablo Colono a través del cual se manifiesta el beneplácito del cuerpo por la modificación del Código Civil que permite matrimonio sin distinción de sexo.


AL ENCONTRARME PRESENTE PUEDO DECIR QUE ESTOS TEMAS SON CONSIDERADOS COMO LOS PRINCIPALES, A MI JUICIO EL DE CLOACAS EL MAS IMPORTANTE, PERO NO PUEDO DEJAR PASAR VER LA PREOCUPACION DE UN CONCEJAL OFICIALISTA POR EL RECHAZO A LEY DEL ESTADO DE ARIZONA (E.E.U.U.) POR DISCRIMINACION A INMIGRANTES...( En Rosario, no hay discriminación?.-
OTRO TEMA DE LA CONCEJALA LEÓN (UCR.) ACOMPAÑADA POR OTROS EDILES, CONVOCANDO A FUERZAS DE SEGURIDAD PARA TRATAR TEMAS DE SEGURIDAD EN INMEDIACIONES DE LOCALES NOCTURNOS, OLVIDANDOSE QUE POR MI AUTORIA DESDE AÑO 2007 Y MUCHO MAS AMPLIO, COMO INCLUYENDO EL TEMA DE "PATOVICAS" EN SETIEMBRE DEL AÑO PASADO SE VOTÓ UNA RESOLUCIÓN PARA CONVOCAR A UNA JORNADA CON ESTOS TEMAS COMO DISCRIMINACION, SEGUIRDAD, ETC. EL 11 DE NOVIEMBRE DEL 2009 Y LA MISMA NO FUE LLEVADA A CABO !!! AHORA ME MANIFESTÓ QUE SE INCLUIRIA EN ESTA.
carlosgarcia686@yahoo.com.ar

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